JL Administraciones tel 91 6803749

SERVICIOS

 

Nuestra Oferta de servicios se basa en el ejercicio de todas las funciones que legalmente vienen recogidas para el cargo de Administrador de Fincas en la vigente Ley de Propiedad Horizontal (L.P.H.) y, en concreto, las que se recogen en su artículo 20, que indica:


“Corresponde al Administrador:
a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
Esta Administración de Fincas llevaría a cabo, en base a esta función legal, las siguientes funciones:
A.1. Lograr un correcto funcionamiento de las instalaciones y servicios comunitarios, con la correspondiente valoración, junto con la Junta de Gobierno, en la calidad de los servicios y sus costes que vienen prestando las empresas de mantenimiento y de servicios contratadas en la Comunidad.
Se realizará un pormenorizado estudio de la situación actual de las cuentas de su comunidad, así como de los servicios contratados, para elaborar un Plan de Ahorro Anual.
A.2. Asesoramiento en los temas comunitarios y, en especial, revisión y asesoramiento de los contratos de mantenimiento formalizados o a formalizar por la Comunidad con los diferentes proveedores de servicios.
b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
Función legal que implica la presentación a la Junta General de Propietarios, para su aprobación, de la propuesta de la liquidación anual de gastos e ingresos habidos durante el ejercicio económico y la elaboración del Presupuesto anual de gastos e ingresos para el próximo ejercicio económico.
La Junta General Ordinaria de Propietarios se celebraría dentro de los 30 días siguientes a la finalización del ejercicio económico.
c) Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios.
Esta Administración de Fincas atendería gestiones tendentes a la conservación y mantenimiento de la finca, buscando las soluciones adecuadas en cada caso y ordenando a quién corresponda la realización de las obras o servicios necesarios, pero siempre supeditado a las instrucciones de la Junta
de Propietarios o del Presidente.  (Gestión de Averías y envío de profesionales para su solución, así como otras incidencias, Partes al Seguro Comunitario, etc.)
d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
Esta Administración de Fincas llevaría a cabo la emisión y gestión de cobro de los recibos mensuales a los propietarios de la Comunidad, así como el control y pago de todas las obligaciones económicas de la misma. (Gestión de cobro de remesas de recibos por Internet.).
Gestiones continúas de cobro con los propietarios con recibos impagados
Interposición gratuita para la Comunidad de demandas en procedimientos monitorios en reclamación de cuotas comunitarias impagadas (honorarios de abogado), sin perjuicio de percibir los honorarios profesionales en caso de que hubiera condena en costas al propietario moroso.
e) Actuar, en su caso, como Secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad.
La Junta General de Propietarios, conforme a lo establecido en el artículo 20 de la L.P.H., puede nombrar por separado el cargo de Administrador de Fincas y el de Secretario de la misma. En cambio, y según nuestra opinión, resulta conveniente que ambos cargos sean desarrollados por el Administrador de la Finca pues, en la práctica, es quién redacta las Actas de las Juntas Generales, realiza las notificaciones de las comunicaciones comunitarias, etc.
Esta Administración de fincas llevaría a cabo el ejercicio de las funciones específicas que legalmente están previstas para el cargo de Secretario de la Comunidad que cabe resaltar, entre otras, las siguientes:
- Dirigir a los comuneros las notificaciones y comunicaciones que previene la Ley. (Cabe destacar, dentro de esta función legal, la confección de las convocatorias a Juntas Generales, Ordinarias y Extraordinarias).
- Recibir las comunicaciones que la Ley impone a los comuneros relativa a domicilio, transmisión de viviendas, etc.
- Elaborar las certificaciones de las actas, respondiendo de la exactitud de los datos consignados.
- Redactar las actas de la Junta de Propietarios.
f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.”

 

 

DETALLE Y FORMA EN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA COMUNIDAD.

La prestación de los servicios se llevaría a cabo en la forma que a continuación detallamos:

a. – Prestaciones administrativas-contables:

- Emisión de Informes de Ingresos y Gastos (Informes Contables Trimestrales). Entrega mensual al Presidente de la Comunidad de un extracto contable, detallando los gastos e ingresos realizados en el correspondiente período.

La misma información a todos los propietarios de la Comunidad de Propietarios en el plazo que indique la Junta de Gobierno, o en su caso, la Junta de Propietarios.

b.- Prestaciones laborales y otras prestaciones:

- Tareas y gestiones laborales, en su caso, como son la confección de nóminas y seguros sociales, altas y bajas en la Seguridad Social y retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, entre otras.

- Encargo, en su caso, control del Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

- Gestiones a fin de cumplir la Ley Orgánica de Protección de Datos personales.

- Gestión de impuestos.

- Gestiones ante organismos públicos y privados.

c.- Reuniones con la Junta de Gobierno y Juntas Generales Extraordinarias.

Reuniones periódicas con la Junta de Gobierno. Se debatirán y, en su caso, se decidirán las cuestiones comunitarias de competencia de la Junta de Gobierno, así como la revisión de las Cuentas de la Comunidad.

d.- Asesoría Jurídica en todos los temas relacionados con la Comunidad de Propietarios.

También Vd. debe tener en cuenta que, en base a nuestra condición de Administrador de Fincas colegiado nuestro Colegio de Administradores de Fincas de Madrid dispone en garantía de nuestra gestión de una póliza de responsabilidad civil.

Pueden ponerse en contacto con nosotros sin compromiso alguno para solicitar un presupuesto al teléfono de la oficina: 91 680 37 49 en horario de 9:00 a 14:00 h. ó de 16:00 a 19;00 h., o bien envíenos un correo electrónico:   

Con la confianza de que nuestra propuesta de servicios resulte de interés para su Comunidad de Propietarios, reciba un cordial saludo.

Servicios Económicos

  • Auditoría de gastos

  • Optimización de recursos

  • Elaboración de asientos contables de ingresos y gastos

  • Elaboración del presupuesto anual

  • Elaboración de balances económicos mensuales

  • Control de pagos a proveedores

  • Control de ejecución presupuestaria

Servicios Personales

  • Visitas periódicas a la comunidad
  • Reuniones con Junta de Gobierno
  • Convocatoria y asistencia de Juntas de Propietarios
  • Gestiones externas de la comunidad
  • Envío de Recibos Comunitarios
  • Revisión de ejecución de obras comunitarias

Servicios Administrativos

  • Gestión de incidencias y siniestros

  • Mediación con empresas mantenedoras y compañías de seguros

  • Elaboración de informes de mantenimiento preventivo correctivo

  • Revisión de ejecución de obras comunitarias

  • Atención averías urgentes 24 horas

Volver